Cookiebot

El presente acuerdo (el “Acuerdo“) se celebra el  {EffectiveDate} (“Fecha de entrada en vigor“), entre

Nombre de empresa: {CompanyName}
(“El Revendedor”)

Dirección: {CompanyAddress}
Código postal/ciudad: {CompanyPostalCodeAndCity}
País: {SelectedCountry}
N.º de reg. de empresa: {CompanyRegistrationNumber}

Nombre del banco: {BankName}
Código de banco (BIC / SWIFT / FEDWIRE etc.): {BankCode}
Número de cuenta bancaria: {BankAccount}
Número de cuenta bancaria IBAN: {IBAN}

Teléfono: {PhoneNumberWithCountryCode}
Nombre de contacto: {ContactName}
Correo electrónico de contacto: {ContactEmail}

y

Cybot A/S
(“Cybot”)

Havnegade 39
1058 Copenhague
Dinamarca
N.º de reg. de empresa DK34624607
Teléfono: +45 50 333 777

Nombre de contacto: Daniel Johannsen
Correo electrónico de contacto: [email protected]

Cybot otorga una licencia no exclusiva que autoriza al Revendedor a vender suscripciones al servicio de compatibilidad de cookies de Cybot (“Cookiebot“) en Cookiebot.com con sujeción a los siguientes términos y condiciones del presente Acuerdo:

1. Concesión de licencia


1.1. Usuarios finales

Cybot otorga al Revendedor una licencia no exclusiva para acceder a, y usar, Cookiebot.com con el fin de promover y comercializar la venta de, y vender, suscripciones de Cookiebot a los usuarios finales (los “Usuarios finales“).

El Revendedor está autorizado a otorgar sublicencias individuales a los Usuarios finales de Cookiebot y en todo momento tanto el Revendedor como los Usuarios finales deberán tener acceso a, y hacer uso de, Cookiebot de conformidad con las condiciones comerciales generales vigentes en cada momento (las “Condiciones de Servicio“), que serán aceptadas específicamente al acceder a Cookiebot.com. Las Condiciones de Servicio se adjuntan al presente Acuerdo como Anexo 1.1.

Toda licencia otorgada por Cybot al amparo del presente Acuerdo será no exclusiva y Cybot no estará obligado a abstenerse de la venta directa o indirecta de Cookiebot.

1.2. Revendedores de segunda línea

Por la presente, Cybot autoriza al Revendedor a celebrar contratos con otros revendedores (“Revendedores de segunda línea“) con el objetivo de promover la venta de suscripciones de Cookiebot a los Usuarios finales a través de Revendedores de segunda Línea. El Revendedor tiene la obligación de asegurar que las condiciones entre el Revendedor y el Revendedor de segunda línea así como las condiciones entre el Revendedor de segunda línea y los Usuarios finales de éste son conformes a los términos y condiciones establecidos en el presente Acuerdo. El Revendedor deberá asegurarse de que las obligaciones del Usuario final, independientemente de si éste es atendido por un Revendedor de segunda línea, son las mismas que las obligaciones de los Usuarios finales propios del Revendedor.

Previa solicitud de Cybot, el Revendedor deberá presentar los mencionados acuerdos que se han celebrado con Revendedores de segunda línea y los Usuarios finales de éstos.

(Los Revendedores de segunda línea y los Usuarios finales serán denominados colectivamente en lo sucesivo los “Clientes“).

1.3. Restricciones de licencia

El Revendedor no procederá por sí mismo (ni permitirá ni ayudará a otros que procedan) a (i) modificar o utilizar fraudulentamente Cookiebot a fin de procesar o permitir el procesamiento de los datos de terceros que no estén expresamente autorizados a acceder a, y a usar, Cookiebot; o (ii) acceder a, alterar o destruir cualquier información de cualquier Cliente mediante cualquier medio o dispositivo fraudulento, o intentar hacerlo.

1.4. Derechos reservados

Todos los derechos no expresamente otorgados al Revendedor están expresamente reservados a Cybot.

2. Modelos de revendedor


El Revendedor determinará exclusivamente el uso del modelo de revendedor y podrá en todo momento elegir uno o ambos de los siguientes modelos según lo establecido en los puntos 2.1 o 2.2 en relación con los Usuarios finales. El acuerdo del Revendedor con el Usuario final específico, que se regula en el Back-end, véase el punto 3.1, determina el modelo aplicable para dicho Usuario final específico.

2.1. Modelo minorista

El modelo minorista es aplicable para todos los Usuarios finales a los que Cybot facture de forma directa sin intervención del Revendedor.

2.1.1. Cuota de administración
El Revendedor percibirá una cuota de administración según lo establecido a continuación:

i) Durante los tres primeros (3) años de uso de Cookiebot por parte del Usuario final, el Revendedor percibirá una cuota de administración correspondiente al 40 % de todas las cuotas de suscripción abonadas por los Usuarios finales gestionados, atendidos o asistidos (“Asistencia técnica de primera línea”) por el Revendedor. El plazo de tres años da comienzo a partir del momento en el que el Usuario final hace uso de Cookiebot por primera vez.

ii) Una vez vencido el plazo de tres años, según lo establecido en el punto 2.1.1(i), el Revendedor percibirá una cuota de administración correspondiente al 20 % de todas las cuotas de suscripción abonadas por los Usuarios finales que reciben Asistencia técnica de primera línea del Revendedor.

La cuota de administración únicamente podrá ser abonada al Revendedor si las suscripciones son abonadas por los Usuarios finales en el momento de liquidar la cuenta, según lo establecido en el punto 2.1.2.

2.1.2. Liquidación de cuentas
Cada tres (3) meses, Cybot procederá a la liquidación de la cuenta del Revendedor en relación con los Usuarios finales que reciban Asistencia técnica de primera línea del Revendedor, según lo establecido en el punto 2.1.1(i). Se enviará la liquidación al Revendedor mediante correo electrónico.

Si la cuenta del Revendedor presenta un saldo inferior a 200 €, se aplazará la transferencia del saldo hasta que la cuenta del Revendedor presente un saldo mínimo de 200 €. No obstante, la transferencia no se aplazará durante un tiempo superior a un (1) año. Si Cybot o el Revendedor finalicen el Acuerdo, se procederá a la liquidación de la cuenta del Revendedor inmediatamente después de la finalización del Acuerdo.

Cualquier cargo relacionado con la transferencia bancaria desde la cuenta bancaria danesa de Cybot a la cuenta bancaria del Revendedor será por cuenta del Revendedor.

2.2. Modelo mayorista

El modelo mayorista es aplicable para los Clientes a los que el Revendedor facture de forma directa sin intervención de Cybot.

2.2.1. Descuento de mayorista
Por aquellos Clientes a los que el Revendedor facture de forma directa, el Revendedor obtendrá un descuento del 20% en las suscripciones del Revendedor y en todas las suscripciones de Clientes creadas en Cookiebot.com a través de la cuenta del Revendedor y será facturado según lo establecido en el punto 2.2.2.

2.2.2. Liquidación de cuentas
Una vez al mes Cybot facturará al Revendedor por todas las suscripciones propias del Revendedor y las de los Clientes creadas y facturadas de forma directa a través de la cuenta del Revendedor en Cookiebot.com. Las suscripciones serán facturadas mensualmente a plazo vencido de conformidad con los precios de Cookiebot aplicables en cada momento menos un descuento total del 20 %, según lo establecido en el punto 2.2.1.

Bajo el modelo mayorista, el Revendedor es íntegra y exclusivamente responsable de los pagos de los Clientes y deberá abonar íntegramente las facturas de Cybot independientemente de si el Revendedor ha recibido el pago de sus Clientes. La obligación de pago del Revendedor entra en vigor a partir del momento en que el Cliente hace uso de Cookiebot por primera vez.

Cualquier cargo relacionado con la transferencia bancaria desde la cuenta bancaria del Revendedor a la cuenta bancaria danesa de Cybot será por cuenta del Revendedor.

3. Procedimientos de contratación


3.1. Back-end

El Revendedor dispondrá de acceso a una determinada área de Revendedores (el “Back-end”) de Cookiebot.com. Cybot indicará al Revendedor la manera de registrarse como Revendedor.

El Revendedor hará uso del Back-end para facilitar el contacto con posibles nuevos Clientes y Clientes existentes, según lo establecido en los puntos 3.2 y 3.3 y para gestionar y acceder a todos los datos y configuraciones de los Clientes del Revendedor.

El acceso del Revendedor a los datos y configuraciones del Cliente no podrá utilizarse para modificar los datos y configuraciones del Cliente sin autorización previa al efecto del Cliente.

3.2. Inicio de contacto con posibles nuevos Clientes

3.2.1. Modelo minorista
Para las suscripciones de nuevos Clientes que el Revendedor desee establecer bajo el modelo minorista previsto en el punto 2.1, el Revendedor deberá hacer uso del Back-end para enviar un correo electrónico de suscripción, que permite al Cliente registrarse en Cookiebot. El correo electrónico de suscripción incluye el nombre y datos de contacto del Revendedor.

El Revendedor deberá asegurarse de que todo Cliente ha dado su autorización previa para recibir el correo electrónico de suscripción antes del envío del mismo al Cliente.

En el momento en que el Cliente se ha suscrito a Cookiebot, el Revendedor recibirá una notificación mediante correo electrónico. El Revendedor será responsable en todo momento del servicio y asistencia a sus Clientes.

3.2.2. Modelo mayorista
Para las suscripciones de los nuevos clientes que el Revendedor desee establecer bajo el modelo mayorista previsto en el punto 2.2, el Revendedor deberá crear y pagar su propia suscripción de Cookiebot en Cookiebot.com, tras lo cual el Revendedor tendrá acceso al Back-end tal y como se establece en el punto 3.1.

Sin perjuicio de lo establecido en el punto 3.4, el Revendedor podrá determinar sus propios procedimientos de contratación de cara a sus Clientes, incluyendo la designación de Revendedores de segunda línea para la realización de ventas en nombre del Revendedor.

3.3. Inicio de contacto con Clientes existentes

Para que el Revendedor pueda ofrecer servicios a un Cliente de Cookiebot existente, asumiendo las obligaciones de servicio ante Clientes de Cybot existentes o bien de otros Revendedores, el Cliente deberá añadir el código único de revendedor correspondiente al Revendedor en cuestión al perfil de suscripción del Cliente en el Back-end. Para obtener el derecho a la cuota de administración (en caso de ser aplicable el modelo minorista) o el descuento de mayorista (en caso de ser aplicable el modelo mayorista), el Revendedor deberá hacer uso del Back-end para encontrar y enviar al Cliente su código único de revendedor y asegurarse de que el Cliente añade dicho código único a su perfil de Back-end.

3.4. Usuarios finales

A partir del momento en que los Usuarios finales se suscriben a Cookiebot, aceptan específicamente las Condiciones de servicio presentadas en Cookiebot.com.

Para los Usuarios finales gestionados bajo el modelo minorista, véase el punto 2.1, el Revendedor será el único punto de contacto en relación con Cookiebot, sin perjuicio de que ello no excluye el contacto directo de Cybot con los Usuarios finales. Asimismo, la relación contractual de cara a la licencia de Cookiebot y la obligación de pago de los Usuarios finales por el uso de Cookiebot y por la prestación de servicios se constituye directamente entre Cybot y el Usuario final.

Para los Usuarios finales gestionados bajo el modelo mayorista, véase el punto 2.2, el Revendedor deberá conceder sublicencias a Usuarios finales de Cookiebot únicamente de conformidad con las Condiciones de servicio presentadas en Cookiebot.com Dichos Usuarios finales no dispondrán de acceso directo para iniciar sesión en Cookiebot y sus suscripciones solo podrán ser gestionadas y configuradas por el Revendedor.

4. Obligaciones de Cybot


4.1. Asistencia técnica

Si el Revendedor considera que Cookiebot no cumple con todos los requisitos del presente Acuerdo, deberá notificarlo sin demora a Cybot por teléfono o a través del Servicio de Atención de Cybot en Cookiebot.com. Cybot hará todo lo posible para responder a las preguntas y corregir los errores indicados que Cybot pueda reproducir (o para ofrecer soluciones provisionales o alternativas adecuadas a dichos errores) en la respuesta inicial. Si el Revendedor manifiesta que el error indicado es sustancial y material para el uso de Cookiebot, o que el error indicado es causa de que Cookiebot no funcione, Cybot realizará sus mayores esfuerzos para corregir el error dentro de un plazo comercialmente razonable tras la respuesta inicial de Cybot.

Los servicios de asistencia técnica prestados de conformidad con la presente, lo serán sin coste alguno.

Toda asistencia técnica será prestada únicamente al Revendedor. El Revendedor prestará Asistencia técnica de primera línea a los Usuarios finales (véase el punto 5.2 más adelante).

4.2. Actualización de Cookiebot

Cybot deberá proporcionarle al Revendedor información relativa a todas las actualizaciones esenciales de la funcionalidad de Cookiebot que Cybot proporciona de forma general a otros Revendedores.

4.3. Publicidad

Cybot no utilizará el nombre del Revendedor en comunicaciones públicas, publicidad o actividades similares sin el consentimiento previo por escrito de éste, que no deberá retenerse ni demorarse injustificadamente. Sin perjuicio de lo anterior, el Revendedor le permite a Cybot incluir el nombre del Revendedor, el perfil de la empresa y la información de contacto en sus listas públicas de Revendedores y realizar un anuncio público rutinario sobre la celebración del presente Acuerdo.

5. Obligaciones del Revendedor


5.1. Respeto de la ley nacional

Al publicitar Cookiebot, el Revendedor está obligado a respetar todos los requisitos pertinentes de la legislación nacional. El Revendedor deberá informar expresamente a todos los Usuarios finales de que ellos son los únicos responsables de cumplir con la normativa nacional y de la UE, incluyendo, pero sin limitarse a, la reglamentación relativa a los requisitos de información y consentimiento con respecto a las cookies. Si el Revendedor tuviese conocimiento de novedades en este sentido, incluyendo, pero sin limitarse a, cambios en la legislación nacional o su aplicación, deberá informar a Cybot de dichas novedades sin demoras injustificadas. Todas las acciones en este respecto serán por cuenta del Revendedor.

5.2. Asistencia técnica de primera línea

El Revendedor es el único responsable de prestar la Asistencia técnica de primera línea a sus Clientes que utilizan Cookiebot. El Revendedor deberá indicar a todos los Usuarios finales que deben dirigir todas sus consultas relacionadas con la asistencia al Revendedor. La Asistencia técnica de primera línea es por cuenta del Revendedor en cuanto está incluida en la cuota de administración (en caso de ser aplicable el modelo minorista) o en el descuento por mayorista (en caso de ser aplicable el modelo mayorista).

Si el Revendedor no presta la Asistencia técnica de primera línea de conformidad con el presente Acuerdo y las Condiciones del Servicio, Cybot tendrá derecho a cambiar la relación de Usuario final a otro Revendedor (véase el punto 3.3 en el caso de que Cybot ha notificado al Revendedor el incumplimiento de éste y el Revendedor no lo ha remediado en el plazo de 3 días hábiles. Asimismo, Cybot tendrá derecho a compensar cualquier gasto en este sentido en la cuota de administración (en caso de ser aplicable el modelo minorista) o a reclamar el pago de dichos gastos por el Revendedor (en caso de ser aplicable el modelo mayorista).

5.3. Protección de datos

El Revendedor no podrá usar, vender, comerciar ni de otro modo transferir los datos de los Clientes a terceros.

5.4. Requisitos de marca

Cookiebot se identificará con nombres comerciales, marcas de servicio, marcas comerciales, logotipos e indicativos de origen y otras características de marca distintivas (“Características de la marca Cybot“). Todas las licencias y derechos de distribución no exclusivos relativos a Cookiebot otorgados en virtud del presente Acuerdo estarán sujetos a los siguientes requisitos de marca. Todo uso de las Características de la marca Cybot será únicamente para el beneficio de Cybot. El Revendedor no deberá (i) solicitar el registro de las Características de la marca Cybot (o de cualquier marca o características cuya similitud se preste a confusión) en cualquier parte del mundo, (ii) alterar, modificar o cambiar las Características de la marca Cybot de manera alguna, o (iii) utilizar cualquiera de las Características de la marca Cybot, salvo de acuerdo con lo expresamente autorizado por la presente o con la autorización previa por escrito de Cybot.

6. Supervisión del uso del Revendedor


Cybot se reserva el derecho de supervisar internamente el uso de Cookiebot por parte del Revendedor.

7. Requisitos técnicos mínimos de Cookiebot


7.1. Escalabilidad y requisitos del sistema

Cookiebot deberá ser escalable de manera que el servicio pueda cubrir cualquier aumento previsto.

En cualquier momento durante la vigencia del Acuerdo, Cybot podrá establecer y modificar los requisitos y/o recomendaciones mínimos del sistema, asegurando al Usuario final la funcionalidad óptima de Cookiebot.

7.2. Protección de los datos del cliente

Cookiebot deberá explotarse en un entorno que proteja la seguridad y confidencialidad de los datos del Cliente.

7.3. Centros de datos de Internet

Cookiebot será suministrado a través de Centros de datos de Internet que estén configurados permanentemente con protecciones razonables y apropiadas para la protección contra incendios, la generación de energía eléctrica y de copias de seguridad, la integridad estructural, la resistencia sísmica y la resistencia a otras perturbaciones naturales u ocasionadas por el hombre. Cybot puede externalizar la explotación de sus Centros de datos de Internet a subcontratistas.

7.4. Explotación de Cookiebot.com

Cybot realizará esfuerzos comercialmente razonables para explotar y mantener sus servidores web de manera que ofrezcan suficiente acceso a Cookiebot las veinticuatro (24) horas del día, los siete (7) días de la semana, salvo cuando se requiera un mantenimiento rutinario. Cybot supervisará dichos servidores y realizará esfuerzos comercialmente razonables para restablecer con prontitud todos los fallos de servicio por cuenta de Cybot.

8. Seguridad


Cybot implementará procedimientos de seguridad razonables y apropiados de acuerdo con las normas industriales vigentes con el fin de proteger los datos de cliente de los Usuarios finales del Revendedor contra el acceso no autorizado por intrusión física y electrónica. Salvo el caso de que Cybot no cumpliese con las obligaciones antes mencionadas, las partes acuerdan que bajo ningún concepto Cybot será responsable de, ni podrá atribuirse responsabilidad por, las situaciones: (i) en las que terceros accedan a datos o transmisiones por medios ilegales o ilícitos, o (ii) en las que se acceda a los datos o transmisiones mediante la explotación de brechas de seguridad, debilidades o fallos que desconozca Cybot en el momento en cuestión. Cybot informará de inmediato al Revendedor de cualquier acceso no autorizado a los datos de los Clientes en cuanto lo descubriese, y realizará esfuerzos diligentes para remediar rápidamente cualquier vulneración de la seguridad que haya permitido dicho acceso no autorizado. En el caso de que se necesite notificar a las personas incluidas en dichos datos de Cliente, el Revendedor será el único responsable de transmitir, por su cuenta, dichas notificaciones.

9. Derechos de propiedad intelectual y derechos de autor


Cybot posee todos los derechos de autor, el título y todos los demás derechos de propiedad intelectual de Cookiebot y nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo tendrá por efecto ceder ni transferir cualquier derecho de propiedad intelectual (“DPI“) de Cybot al Revendedor, a los Revendedores de segunda línea ni a los Usuarios finales.

Los términos y condiciones establecidos en las Condiciones de servicio en su punto 11 serán asimismo de aplicación en el presente Acuerdo.

10. Declaraciones y garantías; indemnidad


10.1. Declaraciones y garantías

Cada una de las partes declara y garantiza a la otra que: (i) cada parte tiene pleno derecho, facultad y autoridad para celebrar y ejecutar el presente Acuerdo; (ii) Cookiebot, los derechos de propiedad y las eventuales características de marca de cualquiera de las partes que se especifiquen en el presente Acuerdo no vulneran ni se apropian indebidamente de ningún derecho de propiedad de terceros, ni constituyen difamación, invasión de la privacidad ni vulneración de los derechos de privacidad de terceros; (iii) todos los derechos de propiedad intelectual de Cookiebot que se establecen en el punto 9, los derechos de propiedad y cualquier característica de marca de cualquiera de las partes que se especifiquen en el presente Acuerdo son o bien la propiedad de la parte suministradora o están correctamente sublicenciados por terceros que conceden a la parte en cuestión el derecho a usarlos de la manera contemplada en el presente Acuerdo; (iv) en cuanto a la recopilación y uso de datos de Usuarios finales, cada una de las partes declara y garantiza a la otra que ninguna de las partes vulnerará cualquier derecho de persona o entidad alguna, incluyendo, sin limitarse a, los derechos de publicidad, privacidad o personalidad; y (v) todas y cada una de las sublicencias concedidas por el Revendedor en relación con Cookiebot cumplirán con las Condiciones de servicio presentadas en Cookiebot.com.

10.2. Indemnización

Cada par te deberá defender, indemnizar y mantener indemne a la otra parte y a sus afiliados, sucesores, causahabientes, directivos, directores y empleados de y contra todas las reclamaciones, costes, daños, perjuicios, responsabilidades, acciones, recuperaciones, juicios y gastos (que incluyen los honorarios y gastos efectivos de abogados, independientemente de si se ha iniciado un litigio) (una “Reclamación“) que se derivan de, o estén relacionados con, un incumplimiento/falsedad de cualquier declaración y garantía expresa que se establezca en el punto 10.1, siempre que: (i) la parte indemnizada notifique puntualmente por escrito a la parte indemnizadora de la reclamación, tan pronto como la parte indemnizada tuviese conocimiento de dicha reclamación; (ii) la parte indemnizadora tendrá el control exclusivo de la conciliación o defensa de cualquier acción que se refiera a la reclamación; y (iii) la parte indemnizada colaborará con la parte indemnizadora de todas las maneras razonables para facilitar dicha defensa o conciliación. Si la parte indemnizadora, tras haber recibido la notificación de dicha demanda, no defendiese la misma, la parte indemnizada podrá llevar a cabo cualquiera de las acciones anteriores y será indemnizada íntegramente por la parte indemnizadora.

11. Exclusión de garantías


Por la presente, sin perjuicio de lo dispuesto expresamente en el punto 10 y en la medida permitida por la ley, cada una de las partes, en su nombre y en él de sus proveedores, renuncia a todas las garantías, tanto expresas como implícitas, incluyendo las garantías implícitas de título, no infracción de los derechos de terceros, comerciabilidad, idoneidad para un propósito particular, integración de sistemas y precisión de datos. Ninguna de las partes garantiza ni asegura que el funcionamiento de Cookiebot o el desempeño de sus respectivas funciones en línea y servicios web será ininterrumpido ni que estará libre de errores. Ninguna de las partes garantiza que los datos enviados o almacenados en o a través de sus sistemas asociados con Internet estarán a salvo del acceso no autorizado. Las partes reconocen que no han confiado en declaración alguna que no esté expresamente establecida en el presente Acuerdo.

12.  Descargo de responsabilidad por daños incidentales y consecuentes


Salvo indemnidades y obligaciones relacionadas con información confidencial expresamente previstas en el presente Acuerdo, ninguna de las partes será responsable ante la otra, bajo ninguna norma o precedente judicial, incluyendo los de carácter contractual y extracontractual (comprendida la negligencia y la responsabilidad objetiva por productos) por cualquier daño indirecto, especial o incidental o consecuente, incluso si la parte causante de dichos daños ha sido advertida de la posibilidad de los mismos.

13. Revelación recíproca de información confidencial


Las partes prevén que cada parte podrá revelar información confidencial a la otra. En consecuencia, en el presente punto, las partes desean establecer las condiciones que regirán el uso y la protección de determinada información que una de las partes (el “Titular“) podrá revelar a la otra parte (el “Destinatario“). Para los fines del presente Acuerdo, “Información confidencial” significa los términos y condiciones del presente Acuerdo y otra información del Titular, incluyendo modelos y planes comerciales, información técnica y datos del Titular o de sus Clientes o proveedores. El Destinatario podrá usar la Información confidencial del Titular sólo para los fines indicados en el presente Acuerdo y deberá proteger dicha Información confidencial contra la revelación a terceros. El Destinatario sólo podrá revelar la Información confidencial si es razonablemente necesario para cumplir con las obligaciones del Destinatario en virtud del presente Acuerdo. Las restricciones de uso y revelación de la Información confidencial no serán de aplicación a la información que: (i) se halla en el poder o bajo el control del Destinatario en el momento de su revelación; (ii) es o llega a ser públicamente conocida sin que haya mediado acto ilícito alguno por parte del Destinatario; (iii) recibe el Destinatario a través de un tercero que es libre de revelar la Información confidencial sin ninguna obligación ante el Titular; o (iv) es desarrollada independientemente por parte del Destinatario sin referencia a la Información confidencial.

14. Medidas cautelares


Por la presente, las partes acuerdan que, cualquier incumplimiento de cualquier disposición del presente Acuerdo con respecto a la confidencialidad o a la protección de los derechos de propiedad, incluyendo los DPI de Cybot según lo establecido en el punto 9, constituiría un daño irreparable y que la parte perjudicada tendrá derecho al cumplimiento específico del Acuerdo según sus términos y/o a medidas cautelares además de otros recursos conformes a la legislación.

15. Duración del Acuerdo


15.1. Plazo inicial

El plazo inicial del presente Acuerdo comenzará a partir de la fecha de entrada en vigor del mismo y continuará durante un período de un (1) año. El plazo inicial del presente Acuerdo se renovará automáticamente por períodos sucesivos de un (1) año salvo que una parte notifique a la otra por escrito con una antelación de al menos noventa (90) días antes del vencimiento del plazo en curso de su intención de no renovar el Acuerdo. Tanto el plazo inicial como cualquier plazo de renovación están sujetos a la finalización anticipada según lo estipulado en el presente Acuerdo. El Revendedor podrá establecer libremente sus propios plazos de finalización de cara a los Usuarios finales con respecto a la finalización del presente Acuerdo.

15.2. Intransferibilidad

El presente Acuerdo no podrá cederse por el Revendedor de ningún modo salvo lo permitido en relación con los Revendedores de segunda línea.

15.3. Resolución automática

El presente Acuerdo finalizará inmediatamente y sin previo aviso en caso de insolvencia o quiebra del Revendedor o por otros procedimientos similares realizados por o en contra del Revendedor, de cualquier intento de cesión por parte del Revendedor en beneficio de acreedores o de cualquier nombramiento o solicitud de nombramiento de un administrador concursal para el Revendedor, salvo que éste informe puntualmente a Cybot de lo contrario por escrito.

15.4. Resolución del Acuerdo por incumplimiento

Si no se subsana un incumplimiento del presente Acuerdo dentro de ocho (8) días de la recepción de un aviso por escrito que describe la naturaleza del incumplimiento, cualquiera de las partes podrá finalizar el presente Acuerdo y todos los derechos otorgados en el mismo. Ambas partes reconocen que cualquier falta de pago oportuno a la otra parte constituirá un incumplimiento grave del presente Acuerdo.

15.5. Efecto del vencimiento o resolución

Al vencerse o finalizarse el presente Acuerdo, el Revendedor dejará inmediatamente de vender Cookiebot. El vencimiento o la finalización del presente Acuerdo no extinguirá los derechos de los Usuarios finales existentes y Cybot asumirá la responsabilidad de suministrar Cookiebot a dichos Usuarios finales según las Condiciones del servicio presentadas en Cookiebot.com. El Revendedor no tendrá derecho a reclamar una compensación por pérdida de fondo de comercio o pérdida de oportunidades comerciales ni compensaciones similares como consecuencia de la resolución, con independencia del motivo de la misma.

16. Arbitraje


Salvo las acciones para proteger los derechos de propiedad y para ejecutar la decisión de un árbitro al respecto, cualquier disputa derivada del presente Acuerdo o en relación con el mismo, incluyendo cualquier disputa sobre la existencia, validez o finalización del Acuerdo, se resolverá mediante arbitraje administrado por el Instituto Danés de Arbitraje de acuerdo con las normas del procedimiento de arbitraje simplificado adoptado por dicho Instituto y en vigor en el momento en que se inicien los correspondientes procedimientos. El arbitraje tendrá lugar en Copenhague (Dinamarca) y el idioma que se utilizará en los procedimientos arbitrales será el inglés. El árbitro aplicará las leyes de Dinamarca a todas las cuestiones en disputa.

17. Jurisdicción y fuero


Todos los procedimientos legales que no se arbitran al amparo del presente Acuerdo se someterán a la exclusiva jurisdicción y fuero de los Tribunales de Dinamarca.

18. Cesión


Cybot podrá ceder libremente el presente Acuerdo y cualquier derecho o interés amparado por el mismo a terceros, incluyendo, pero sin limitarse a, una sociedad que perteneciese total o parcialmente a Cybot.

El Revendedor no cederá el presente Acuerdo ni derecho o interés alguno derivado del mismo, ni delegará trabajo u obligación alguna que deberá realizarse al amparo del presente Acuerdo sin el previo consentimiento por escrito de Cybot. Cualquier intento de cesión o de delegación en vulneración del presente punto será nulo y sin efecto. Sin embargo, se le permite al Revendedor designar a otros revendedores para la realización de ventas en nombre del Revendedor.

19. Obligaciones subsistentes


Las siguientes obligaciones subsistirán tras el vencimiento o resolución del presente Acuerdo: (i) todas y cada una de las exclusiones de garantías, limitaciones de responsabilidad e indemnidades otorgadas por cualquiera de las partes en el presente Acuerdo, (ii) cualquier pacto otorgado en el presente Acuerdo con el fin de determinar la titularidad de, o proteger, los derechos de propiedad, comprendidos los DPI de Cybot, incluyendo, sin limitarse a, la Información confidencial de cualquiera de las partes o cualquier recurso por vulneración de la misma, y ​​(iii) el pago de impuestos, aranceles o cualquier importe a Cybot según lo establecido en el presente Acuerdo.

20. Contratistas independientes


La relación entre las partes es la de contratistas independientes y nada de lo que aquí se dispone será interpretado en el sentido de crear una relación de asociación, empresa conjunta, franquicia, empleo o agencia entre las partes. El Revendedor no estará facultado para celebrar acuerdos de ningún tipo en nombre de Cybot y no tendrá la facultad ni la autoridad para comprometer u obligar a Cybot de manera alguna frente a terceros.

21. Fuerza mayor


Ninguna de las partes será responsable de los daños, demoras o falta de entrega por causas que escapen de su control razonable y que no sean por su culpa, incluyendo, sin limitarse a, causas fortuitas, actos de las autoridades civiles o militares, incendios, disturbios, guerras, embargos, perturbaciones de Internet, ataques de hackers o fallos de comunicaciones.

22. Disposiciones varias


El presente Acuerdo será interpretado conforme al derecho danés, excluyendo la aplicación de las reglas generales del derecho danés sobre el derecho aplicable. El presente Acuerdo constituye la totalidad del entendimiento entre las partes con respecto al objeto del mismo y sustituye a todas las comunicaciones, entendimientos y acuerdos anteriores. El presente Acuerdo sólo podrá ser modificado mediante un acuerdo por escrito firmado por ambas partes. La no ejecución de cualquiera de las disposiciones del presente Acuerdo por cualquiera de las partes no constituirá una renuncia a la misma ni a ninguna otra disposición, ni tampoco al derecho de dicha parte de ejecutar posteriormente cualquier disposición del presente Acuerdo.

En testimonio de lo cual, el presente Acuerdo ha sido debidamente firmado por las partes que se comprometen a su cumplimiento.

El Revendedor:

El acuerdo se celebra par {CompanyName} ({CookiebotUserEmail}) el {EffectiveDate}
User ID: {ResellerUserId}

Cybot A/S:

El acuerdo se celebra par Cybot A/S ([email protected]) el {EffectiveDate}
Contract ID: {ContractId}

“EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD: El presente Acuerdo del Revendedor no es una traducción oficial y se ofrece únicamente como traducción de cortesía. Por tanto deberá interpretarse de acuerdo con la versión inglesa del Acuerdo, que prevalecerá en caso de eventuales discrepancias entre la versión inglesa y la presente traducción. Cybot no se hace responsable de eventuales errores, omisiones o ambigüedades de la traducción. Cualquier persona o instancia que confíe en el contenido traducido lo hará a su propio riesgo. En caso de duda, siempre deberá referirse a la versión oficial en lengua inglesa. Si desea informar de un error o inexactitud de traducción, rogamos que nos envíe un correo electrónico a [email protected]

Anexo 1.1 – Condiciones de servicio


[Terms_of_service]